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Consumo Castilla y León
Consumo Castilla y León
Ten en cuenta que existen sectores con regulación específica en el ámbito de las reclamaciones. Estos sectores cuentan con organismos especializados que tramitarán las reclamaciones que se presenten en sus respectivos ámbitos de competencia.
Cuando tu reclamación se produzca en alguno de esos sectores, deberás acudir a estos organismos, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar el arbitraje de consumo.
Por ello, te indicamos los pasos a seguir si tu reclamación versa sobre alguna las materias que a continuación de relacionan.
Por último, recuerda que si la reclamación se produce como consecuencia de un contrato entre particulares, este no estaría sujeto a la normativa de protección al consumidor y sólo podrás ejercer tus derechos a través de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
En el caso de que desees presentar una reclamación relacionada con un espectáculo público (conciertos, cines, teatros, etc…) o con una actividad recreativa (culturales, deportivas, atracciones, etc…) deberás dirigirla a la Agencia de Protección Civil y Emergencias de Castilla y León.
Si tu reclamación tiene lugar como consecuencia de los servicios profesionales de un colegiado dirígete al Servicio de Atención a los Consumidores o Usuarios del Colegio Profesional correspondiente.
Si tu reclamación se refiere a los servicios prestados por un establecimiento turístico como son hoteles, apartamentos, agencias de viajes, camping, etc solicita la hoja de reclamaciones en el establecimiento. Una vez cumplimentada entrégale un ejemplar y dirige otro al Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la provincia correspondiente,
Si tu reclamación se produce como consecuencia de vuelos cancelados, retraso de vuelos y denegación de embarque puedes presentar tu reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea .
Si has tenido alguna incidencia con el equipaje facturado acude inmediatamente al mostrador de la compañía aérea o su agente handling (empresa de asistencia en tierra a las compañías aéreas) para formular en ese momento la protesta correspondiente, cumplimentando el impreso denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.), requisito necesario para hacer constar la incidencia ocurrida y para la tramitación por la compañía aérea.
Si no recibes contestación de la compañía o ésta no te satisface, puedes acudir a los tribunales en el plazo de dos años a partir de la llegada de la aeronave o del día en que hubiese debido llegar.
Presenta tu reclamación ante el operador . (CORREOS)
En el caso de que el no obtengas respuesta o no te resulte satisfactoria, puedes dirigirla a la Subdirección General de Régimen Postal .