Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Consumo Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

27. Deterioro de prendas en la tintorería

Deterioro de prendas en la misma tintorería donde ya se habían llevado con anterioridad y sin percances.

Número de expediente:

688/11

Materia:

Tintorería

Tipo de estudio:

Mala praxis

El consumidor:

La consumidora tras llevar a limpiar en seco dos cortinas y un estor, recibió una llamada de la tintorería par indicarle que dos de las tres piezas se habían deteriorado hasta el punto de quedar inservibles. En la tintorería le indican que no tienen seguro que cubra esos daños y que lo único que pueden ofrecerle es no abonar el importe de la limpieza.

Por lo que solicita el importe de las cortinas que tal y como adjunta fueron adquiridas hace 7 años y tuvieron un coste de 1.522€. Alega también que ya habían sido llevadas a la misma tintorería no se había producido ningún problema.

La empresa:

La empresa admite que la tela se ha deteriorado, pero no debido a la limpieza efectuada puesto que se limpiaron en seco igual que ya se había hecho en otra ocasión.

El colegio arbitral:

El Colegio Arbitral acuerda desestimar la reclamación efectuada por la consumidora ya que tras inspección ocular de las cortinas se detecta que dicho deterioro no puede deberse a una mala praxis en el proceso de limpieza, puesto que ante la ausencia de etiqueta que indicara el modo de proceder, la limpieza se efectuó conforme se había realizado en anteriores ocasiones, en las cuales las cortinas no habían sufrido deterioro alguno. Por lo que resulta improcedente su pretensión de devolución del precio de compra de las cortinas y únicamente se acoge de forma favorable el ofrecimiento, ya llevado a efecto, por la empresa reclamada de anulación del importe correspondiente al coste del servicio de limpieza de las cortinas y de devolución de las mismas por ser de su propiedad.