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Consumo Castilla y León
Consumo Castilla y León
No conformidad con una reparación sin presupuesto previo por escrito.
1231/11
Taller
Mala praxis
El consumidor realizó un cambio de parabrisas y una reparación del regulador de temperatura; servicios con los que no quedó satisfecho ya que en relación al limpiaparabrisas se escucha el viento y vibra, y con respecto a la reparación del regulador, la temperatura está mucho más alta de lo normal, lo cual trató de solucionarlo pero el dueño del taller se negó. Por lo que solicita la reparación del parabrisas y del regulador de temperatura o, en su defecto, devolución del dinero: 362,93€ y 161,94€.
El taller alega que una vez cambiado el parabrisas, el vehículo fue probado pero unos días después, el dueño colocó una baca porta-objetos, la cual es la causante de los ruidos del aire que dice escuchar por lo que se le ha comentado que quite la baca. En cuando a la reparación del sistema de temperatura, se le dijo al cliente que consistía en la sustitución de una unidad de mando con un coste superior a los 500€, pero como medida alternativa, se le propuso al cliente la reparación que se ha realizado; con un coste sensiblemente inferior (aceptado por el cliente telefónicamente) y funcionando perfectamente, tal y como se le demostró al cliente con un termómetro digital que midió la temperatura del agua la cual no sobrepasaba los niveles normales de funcionamiento.
El Colegio Arbitral acuerda estimar parcialmente la reclamación del consumidor en cuanto a la instalación del limpiaparabrisas cuya garantía tiene validez siempre que el vehículo no haya sido manipulado, por lo que resulta creíble que el problema de las vibraciones esté relacionado con la instalación de la baca. Pero en cuanto a la reparación del sistema de temperatura, para la cual el cliente aceptó una alternativa más económica, ésta debió de reflejarse en un presupuesto escrito. Ya que aunque no se ha demostrado un deficiente funcionamiento del sistema de la temperatura, si se han vulnerado reglas obligatorias en la actividad de prestación de servicios, por lo que el taller deberá reembolsar los 161,94€.